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El precio de la vivienda baja un 19% desde los máximos del boom en el 2007

Derecho Civil

El precio medio de la vivienda en España acumula una caída media del 19,3% desde el nivel máximo que alcanzó en el boom inmobiliario, en diciembre de 2007, según los datos de la tasadora Tinsa, que recordó que las caídas son aún mayores en las zonas más afectadas por la burbuja, la costa mediterránea, donde los precios han bajado ya un 27%.

Los datos de Tinsa, autora del 25% de las tasaciones de viviendas que se realizan en España, como los de otros agentes del mercado como Fotocasa, que elabora una estadística inmobiliaria con el IESE, parecen empeñados en contradecir la opinión de los expertos internacionales como el FMI (que augura descensos adicionales de precios del 40%) o el semanario británico The Economist (que cree que los precios deberían caer aún un 43%). Así, según Tinsa, los precios se están estabilizando tras las fuertes caídas de los últimos meses de forma que el índice, que la firma elabora desde enero del 2001, subió incluso ligeramente en marzo.

Raúl García, director comercial de Tinsa, reconoció que los precios de la vivienda pueden seguir bajando en los próximos meses, impulsados por el aumento de los tipos de interés, y por otros factores como la falta de confianza del consumidor, los altos niveles de desempleo, o la incertidumbre regulatoria. Con todo, no consideró posibles en el mercado español descensos como los que prevén The Economist o el FMI.

«El mercado inmobiliario español es muy diferente del de otros países como Reino Unido o Estados Unidos, que se utilizan como referencia en esos estudios, porque tiene casi un 90% de vivienda en propiedad mientras que allí hay una parte muy importante de alquiler. En esos países la vivienda se comporta como un bien de inversión, en el que el precio de venta es muy elástico en función de la rentabilidad que ofrece el alquiler sobre el capital invertido, mientras que en España la compra por inversión es casi marginal», señaló García.

Así, el directivo de Tinsa recordó que el año pasado se vendieron en España unas 500.000 viviendas, entre nuevas y de segunda mano, un nivel de transacciones similar al de los años 1999, 2000 y 2001 «cuando no se creía en absoluto que el sector inmobiliario español estuviera en crisis». Esta cifra, sin embargo, se dobló en los años del boom.

García recordó también que incluso la compra como inversión ha vuelto a ganar interés con la caída de precios. «Ya hay oportunidades en el mercado de comprar viviendas que den una rentabilidad por alquiler superior al 3,5%, que muchos inversores consideran atractiva», aseguró. A su juicio, la incertidumbre sobre cambios regulatorios, dentro del ajuste presupuestario del estado frena un aumento de las adquisiciones por inversiones.

El ajuste, recordó el experto de Tinsa, ha sido además especialmente intenso en las zonas más afectadas por la burbuja, como la Costa Mediterránea, donde se concentran las segundas residencias (27% de caída) y en las capitales y áreas metropolitanas (alrededor del 21%). Según el índice inmobiliario de Tinsa, el precio medio de la vivienda en marzo era un 3,7% más barato que en marzo del 2010, y ha suavizado su caída desde enero, cuando la caída interanual era del 5%, aunque puede acusar a medio plazo el efecto de la subida de los tipos.

La tendencia a la estabilización del índice de Tinsa coincide con los estudios realizados por otras firmas, como el de IESE con Fotocasa. Este estudio, que analiza solo el mercado de segunda mano, señala que el precio de la vivienda acumula en España 41 meses de bajada desde los máximos (que en Madrid y Euskadi se alcanzaron a finales de 2006 y en Catalunya en diciembre del 2007), con una caída media del 24,5%. En tres provincias (Lugo, Palencia y Jaén), sin embargo, los precios han vuelto a repuntar y son ahora más altos que hace un año (un 7,3%, 2,3% y un 0,6% respectivamente), un fenómeno que se da también en un 7% de los municipios españoles, liderados por Estepona y Torrox, en Málaga, con alzas del 7,4% y el 6,6% respectivamente, y Ciempozuelos (Madrid) con un 2,9%.

13 de abril de 2011/por Bufet Cánovas
https://www.bufetecanovas.com/wp/wp-content/uploads/2011/04/precio_vivienda.jpg 545 1000 Bufet Cánovas https://www.bufetecanovas.com/wp/wp-content/uploads/2025/05/logo_retina.png Bufet Cánovas2011-04-13 13:13:342026-08-16 13:28:34El precio de la vivienda baja un 19% desde los máximos del boom en el 2007

La encuesta muestra unos niveles alarmantemente bajos de concienciación y competencia entre los consumidores

Derecho Civil

Conforme a una encuesta del Eurobarómetro publicada hoy con ocasión de la Cumbre Europea del Consumidor 2011, menos del 50 % de los consumidores de la UE encuestados se sentían seguros, informados y protegidos como consumidores. Un consumidor capacitado puede identificar la mejor oferta, conocer sus derechos y buscar compensación si procede con mayor facilidad. Un consumidor vulnerable tiene más dificultades para comprender sus opciones, no conoce sus derechos, se encuentra con más problemas y no está dispuesto a iniciar acciones si algo va mal. Se estima que los perjuicios notificados por los consumidores ascienden a cerca del 0,4 % del PIB y más de una quinta parte de los consumidores de la UE afirma haber tenido algún problema en los últimos 12 meses. Si bien la mayoría de consumidores comunica sus quejas a los minoristas, la mayor parte, aunque reciba una respuesta no satisfactoria, no está dispuesta a emprender acciones ulteriores. Un gran número de consumidores tiene problemas para realizar cálculos corrientes, comprender la información clave y reconocer las prácticas comerciales ilícitas o conocer sus derechos. La mayor parte de los encuestados no conocía sus derechos a devolver, hacer reparar o sustituir un producto defectuoso.

John Dalli, Comisario Europeo de Salud y Política de Consumidores, ha declarado: «Estos preocupantes resultados indican que muchos consumidores son potencialmente vulnerables al fraude, la estafa o la venta forzada y no son conscientes de que pueden reconsiderar sus opciones y evitar compras innecesarias.0Si los consumidores tienen dificultades para tomar decisiones y evitar el perjuicio, no solo sufren ellos las consecuencias; también las empresas honradas e innovadoras, motores del crecimiento, salen perjudicadas». Y ha terminado diciendo: «Habrá que tener en cuenta estos resultados si queremos ayudar a los consumidores en un mercado cada vez más complejo, en el que el consumidor se enfrenta a un exceso de información».

La encuesta

La encuesta se realizó en 2010 en veintinueve países (UE27, Islandia y Noruega); participaron 56 471 consumidores, que respondieron a setenta preguntas relativas a tres dimensiones principales de la capacitación del consumidor: competencia, concienciación, y seguridad en sí mismo. El objetivo es conocer mejor las competencias, la concienciación y la seguridad en sí mismos de los consumidores a fin de diseñar y desarrollar mejor las políticas, tanto a escala de la UE como a escala nacional, que tienen en cuenta el comportamiento real.

Principales resultados

Los resultados muestran que la concienciación y las competencias de los consumidores son alarmantemente bajas. Sin embargo, existe un considerable potencial para capacitar a los consumidores, mejorando así su bienestar y reduciendo los perjuicios que se les causa. Internet y los medios de comunicación tienen un importante papel que desempeñar por lo que se refiere a la capacitación de los consumidores, si se tiene en cuenta que más de un 38 % utiliza internet para comparar productos y que los medios de comunicación tienen una gran capacidad para llegar directamente a los ciudadanos.

Perjuicios causados a los consumidores y derecho a recurso

Más de uno de cada cinco europeos encuestados dijo haber tenido algún problema que le había dado motivo para la queja. Se estima que el perjuicio causado a los consumidores asciende a cerca de un 0,4 % del PIB. Las personas mayores o con un nivel de formación más bajo son más reticentes a buscar una compensación, aunque no están menos expuestas a tener problemas. La encuesta confirma la importancia del acceso a un recurso adecuado. Muchos de estos problemas se podrían resolver si hubiera más mecanismos alternativos de solución de conflictos (ADR).

Competencia de los consumidores

En términos de competencias numéricas, los consumidores tienen problemas con los cálculos simples: solo un 45 % fue capaz de contestar correctamente tres preguntas relacionadas con el consumo. En términos de competencias financieras, dos de cada diez personas encuestadas fueron incapaces de elegir la oferta más barata al adquirir una televisión de pantalla plana. Solo el 58 % fue capaz de leer correctamente una etiqueta con ingredientes, y un 18 % no pudo identificar la fecha de consumo preferente. Solo el 2 % de los consumidores reconoció cinco logotipos corrientes de información al público. El 33 % de los consumidores creía que el marcado CE significaba «Fabricado en Europa», y solo un 25 % sabía que lo que significa es, de hecho, que el producto «es conforme a la legislación de la UE». Muchos no conocían ninguna asociación de consumidores de su país.

Conocimiento de los consumidores de sus derechos

La mayoría de consumidores no era consciente de sus derechos fundamentales, como el derecho a que se repare o sustituya un producto defectuoso, o a que se les reembolse, en un plazo de 24 meses a partir de la fecha de adquisición, el derecho a cancelar un contrato en línea de servicios financieros en un plazo de catorce días si cambia de opinión o encuentra una oferta mejor, o también el derecho a cancelar un contrato celebrado con un vendedor a domicilio.

Puede comprobar sus conocimientos o encontrar más documentos o información en la siguiente dirección:

  • http://ec.europa.eu/consumers/consumer_empowerment/index_en.htm

Encontrará el Eurobarómetro 342 en la siguiente dirección

  • http://ec.europa.eu/public_opinion/index_en.htm

Encontrará más información sobre el comportamiento de los consumidores en el IP/11/280, relativo al quinto cuadro de indicadores de consumo:

  • http://ec.europa.eu/consumers/strategy/facts_en.htm
  • http://www.european-consumer-summit.eu
12 de abril de 2011/por Bufet Cánovas
https://www.bufetecanovas.com/wp/wp-content/uploads/2011/04/consumidores.jpg 545 1000 Bufet Cánovas https://www.bufetecanovas.com/wp/wp-content/uploads/2025/05/logo_retina.png Bufet Cánovas2011-04-12 19:43:402026-08-16 13:31:04La encuesta muestra unos niveles alarmantemente bajos de concienciación y competencia entre los consumidores

Los niños de la UE se beneficiarán de un sistema más rápido para el cobro de pensiones alimenticias procedentes del extranjero

Derecho Civil

El dolor ocasionado por un divorcio o separación se ve con mucha frecuencia agravado por la presión financiera y emocional que se produce cuando uno de los progenitores reside en el extranjero y se niega a prestar ayuda económica. Con una población estimada en 16 millones de parejas internacionales y 30 millones de ciudadanos de la UE residentes en países terceros, los problemas del cobro de pensiones alimenticias procedentes del extranjero en beneficio de los hijos, seguirán aumentando. Por ejemplo, una pareja residente en Francia se divorcia y el padre se traslada a los Estados Unidos. ¿Seguirá el hijo recibiendo la pensión alimenticia que le asignó un tribunal francés? De acuerdo con un nuevo Convenio firmado hoy por la UE, las autoridades estadounidenses cooperarán con las de la Unión Europea para garantizar que el padre cumple sus obligaciones y que el niño sigue recibiendo la ayuda. El Convenio de la Haya sobre las Obligaciones Alimenticias respecto a Menores establece un sistema mundial para el cobro de la ayuda destinada al hijo y otros pagos para el sustento de la familia. Este Convenio establece un marco jurídico común entre los países de la UE y los países no pertenecientes a la UE, con el fin de que las autoridades cooperen en la ejecución de las pensiones alimenticias y los deudores dejen de eludir sus obligaciones saliendo de la UE. También prevé asistencia jurídica gratuita para los casos de ayuda a hijos de parejas internacionales. El Convenio complementa las propias normas de la UE sobre reconocimiento y aplicación de las resoluciones sobre ayudas alimenticias, que entrarán en vigor el 18 de junio de 2011.

«Cuando las familias se rompen, suelen ser los hijos los que más sufren», dijo la Vicepresidenta Viviane Reding, Comisaria de Justicia de la UE. «La UE ya dispone de normas sólidas para garantizar que los hijos reciben ayuda económica si uno de los progenitores vive separado de ellos en otro Estado miembro de la UE. La firma por la UE de este Convenio internacional garantizará que los hijos siguen recibiendo la misma protección aunque uno de los progenitores se traslade a otro país fuera de la UE. El interés de los hijos debe primar y los progenitores no podrán eludir sus responsabilidades abandonando la UE. Insto a nuestros socios internacionales a que se unan a nosotros y ratifiquen este Convenio con prontitud.»

El nuevo Convenio creará un marco jurídico común entre la UE y los países no pertenecientes a la UE que lo ratifiquen, para facilitar el cobro internacional de las pensiones alimenticias familiares. Habida cuenta de que la gran mayoría de las pensiones alimenticias se refieren a niños, el Protocolo es, ante todo, una medida de protección del menor. Establece un sistema de cooperación entre las autoridades nacionales, proporciona asistencia jurídica gratuita en los casos de ayuda a menores, e incluye procedimientos para el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales sobre obligaciones de alimentos.

Este nuevo sistema también acelerará los procedimientos para localizar a los deudores en paradero desconocido, que actualmente son dilatados y farragosos. A nivel internacional, el Convenio completa el sistema de la Haya relativo al Derecho de familia ya en vigor en lo que respecta al secuestro de hijos, la responsabilidad parental y la adopción internacional.

Tras la firma hoy del Convenio por la Presidencia húngara en nombre de la UE, los Estados miembros de la UE tendrán que adoptar una decisión para que la UE celebre formalmente (o ratifique) el Convenio. Está previsto que el acuerdo de los Ministros de Justicia se alcance en una reunión del Consejo de Justicia y Asuntos de interior que se celebrará los días 9 y 10 de junio de 2011. A continuación, la UE podrá depositar el instrumento de ratificación tras el período de aplicación de 18 meses previsto, con lo que el Convenio entrará en vigor en 2013.

Los Estados Unidos, Noruega y Ucrania ya han firmado el Convenio, mientras que se espera que otros países que negociaron el Convenio (como Japón, China, Rusia, Australia, Canadá y Brasil) procedan de la misma manera en el momento en que la UE y EE.UU. pasen a la fase de ratificación.

Antecedentes

No existen estadísticas internacionales sobre el número de casos de pensiones alimenticias que requieren cobro transfronterizo. No obstante, se calcula que en la UE residen unos 16 millones de parejas internacionales, y que alrededor de 30 millones de ciudadanos de la UE residen fuera de la Unión Europea. Además, durante 2007 (último dato disponible) se registraron 1,2 millones de divorcios en los 27 países de la UE. Estas cifras indican un problema importante en lo que respecta al tratamiento y la ejecución de pagos de pensiones alimenticias por parte de progenitores ausentes que puede que no residan en la UE.

El Convenio de la Haya sobre cobro internacional de alimentos de 2007 complementa la legislación interna de la UE sobre pensiones alimenticias adoptada el 18 de diciembre de 2008: El Reglamento (CE) nº 4/2009 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos. El Reglamento y el Protocolo sobre la ley aplicable entrarán en vigor entre los Estados miembros de la UE el 18 de junio de 2011.

La celebración del Convenio por la UE reforzará las normas vigentes de la UE sobre el reconocimiento y la ejecución de resoluciones sobre alimentos, así como la cooperación administrativa entre las autoridades centrales mediante la creación en la UE de un conjunto armonizado de normas respecto de los terceros países que se conviertan en partes contratantes del Convenio.

12 de abril de 2011/por Bufet Cánovas
https://www.bufetecanovas.com/wp/wp-content/uploads/2011/04/pension_alimentos.jpg 545 1000 Bufet Cánovas https://www.bufetecanovas.com/wp/wp-content/uploads/2025/05/logo_retina.png Bufet Cánovas2011-04-12 19:39:022026-08-16 13:32:26Los niños de la UE se beneficiarán de un sistema más rápido para el cobro de pensiones alimenticias procedentes del extranjero

Los tribunales obligan a subir un 6% el sueldo a casi 200.000 trabajadores

Derecho Civil, Derecho Laboral

El conflicto abierto para decidir qué regla debe modular los salarios en épocas de crisis sigue ganando temperatura. Patronal y sindicatos llevan semanas enzarzados en una pugna laboral centrada en el sector sociosanitario que, finalmente, ha tenido que resolverse ante la Audiencia Nacional.

El fallo, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, considera intocables las condiciones salariales pactadas en 2007, que fijan una subida próxima al 6%. La polémica se veía venir desde lejos: la revisión del convenio que toca este año colisiona de lleno con el compromiso firmado a nivel nacional para subir los sueldos un máximo del 2% debido a la crisis.

Esta medida –que los tribunales valoran como “sugerencia”– se recoge en el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva que firmaron los representantes de CEOE y las centrales (UGT y CCOO) hace un año. En este documento, los primeros espadas del diálogo social consideran “que los negociadores [de convenios] deberían tener en cuenta una serie de referencias” a la hora de fijar incrementos de salario.

Así, para 2010 el criterio se fija en “el 1%”; para 2011, “entre el 1% y el 2%; y para 2012, “entre el 1,5% y el 2,5%”. Pero la bandera de la moderación salarial que ondearon en su día el empresario Rosell y los representantes sindicales Toxo y Méndez no ha tardado en rasgarse.

Como señalan los abogados laboralistas consultados, “una cosa son los acuerdos de la foto y otra diferente el día a día de las empresas”. El fallo de la Audiencia Nacional era el esperado, si se tiene en cuenta que los convenios son uno de los escasos documentos que tienen rango de ley pese a no haber salido del Parlamento. Es decir, son altamente irrompibles. No se pueden anular salvo que se pacte un descuelgue.

La patronal del sector era consciente de que en el conflicto partía con esta desventaja, pero se resiste a aceptar el resultado. José Alberto Echevarría, presidente de la patronal FED que ha mediado en el proceso, considera una “tomadura de pelo” que ciertos acuerdos no se puedan aplicar en realidad. “Les llegamos a ofrecer el 3% de incremento para que los trabajadores no perdieran poder adquisitivo este año”, señala para remachar que la voluntad era la de llegar a un pacto para despejar el futuro que les esperaba a los alrededor de 190.000 trabajadores del sector.

Este extremo no casa con la opinión de las centrales, inmersas por cierto durante este tiempo en una pelea doméstica por ver quién se ganaba el favor de la plantilla en año de elecciones internas en el sector (ver EXPANSIÓN del 11 de marzo para consultar los mensajes de campaña).

Este caso puede ser sólo el primero de una larga lista en los que se concrete lo costoso de modular los sueldos en épocas de crisis sin tener que pasar por los tribunales.

La sentencia se hace eco de la comprometida situación del sector –ahogado por la morosidad de las Administraciones Públicas y con una rentabilidad negativa esperada superior al 19% este año–. Estos elementos no son suficientes a la hora de llevar el caso ante la Justicia.

“La concurrencia de una situación económica sobrevenida […] no permitiría la inaplicación de un convenio colectivo estatutario durante su vigencia [..]”, a menos que se opte por el “descuelgue”, apuntala el fallo.

Tras dos meses y medio de negociaciones, parece que al fin esta semana se acabará el plazo definitivo para que los agentes sociales pacten una reforma de los convenios. Los principales caballos de batalla son dos: por un lado, crear una ‘vía de escape’ para que que las empresas puedan adaptarse rápidamente al ciclo económico de cada momento. Y, por otro, frenar el fenómeno de que un convenio caducado pueda seguir en vigor hasta que se pacte uno nuevo. Estas dos herramientas quieren, en el fondo, evitar lo que sucede ahora: las subidas salariales pactadas hasta marzo contemplan alcanzan el 3,06%, según los datos de Trabajo. Muchos de estos convenios son heredados de años anteriores, y es muy difícil su renegociación, como ha quedado reflejado en el caso del sector sociosanitario. La capacidad para mutar estos corsés depende de lo que hagan CEOE, UGT y CCOO en las próximas horas, aunque hay serias dudas de que tengan la voluntad real de abordar un acuerdo profundo. Para unos supone dar un signo de debilidad ante sus bases, mientras que para otros una ‘revolución’ profunda del actual modelo de negociación colectivo les supondría un cara a cara nada deseable con parte de sus asociados.

12 de abril de 2011/por Bufet Cánovas
https://www.bufetecanovas.com/wp/wp-content/uploads/2011/04/salario.jpg 545 1000 Bufet Cánovas https://www.bufetecanovas.com/wp/wp-content/uploads/2025/05/logo_retina.png Bufet Cánovas2011-04-12 10:06:122026-08-16 13:33:27Los tribunales obligan a subir un 6% el sueldo a casi 200.000 trabajadores

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